Cada semana nos escriben emprendedores de Cusco con la misma pregunta: «¿cómo saco mi licencia virtual de agencia de viajes en la GERCETUR?». Es el trámite que permite vender tours y paquetes de forma legal solo por internet, sin alquilar un local en el Centro Histórico. En esta guía te explico qué es exactamente, qué pide la norma, qué debe tener tu página web y los errores que más retrasan el trámite.
En resumen:
- La «licencia virtual» es, en la norma, tu inscripción en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados como agencia que vende por canales digitales.
- En Cusco se presenta ante la GERCETUR (Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía).
- Se tramita con una declaración jurada, es gratuita y la constancia se emite en un plazo máximo de 5 días hábiles.
- Tu web debe mostrar tus datos legales, políticas, el Libro de Reclamaciones y la información contra la ESNNA.
¿Qué es la licencia virtual de agencia de viajes?
«Licencia virtual» es el nombre con el que todos conocemos este trámite, pero la norma no lo llama así. El Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo (Decreto Supremo N.º 005-2020-MINCETUR) obliga a toda agencia a inscribirse en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados, y su artículo 22 fija las condiciones mínimas para las agencias que ofrecen y venden sus servicios total o parcialmente por canales digitales: una web, redes sociales o una plataforma de reservas.
Estar en ese directorio es lo que te permite usar legalmente la denominación «Agencia de Viajes y Turismo»: el artículo 15 la reserva exclusivamente para quienes están inscritos. Además, es el registro que consultan turistas, operadores y plataformas para comprobar que tu empresa es formal.
¿Qué tipo de agencia vas a ser?
Al inscribirte eliges una clasificación. Elegirla bien desde el inicio evita tener que corregir el trámite después:
| Clasificación | Qué hace | Ejemplo en Cusco |
|---|---|---|
| Agencia minorista | Vende directamente al turista paquetes y servicios organizados por otros | Vendes el tour a Machu Picchu que opera otra empresa |
| Agencia mayorista | Diseña y organiza servicios para que los vendan otras agencias, no al turista | Armas paquetes para agencias de Lima o del extranjero |
| Operador de turismo | Diseña, organiza y opera sus propios programas; también puede venderlos al turista | Operas tus propias salidas al Valle Sagrado o al Salkantay |
Requisitos y pasos para obtener la licencia virtual
Paso 1: Saca tu RUC con la actividad correcta
Puedes inscribirte como persona natural con negocio (RUC que empieza con 10), el camino más rápido para empezar, o como persona jurídica (RUC 20: E.I.R.L., S.A.C. o S.R.L.), que protege tu patrimonio personal; en este caso también necesitas la vigencia de poder de tu representante legal. En ambos casos, revisa que tu ficha RUC tenga la actividad de agencia de viajes u operador turístico.
Paso 2: Prepara tu página web con lo que exige la norma
Es el paso donde más agencias se traban. El artículo 22 pide que seas titular o administres tu plataforma digital, que la información sea clara y que tengas medidas de seguridad para las transacciones y los datos personales. Más abajo tienes la lista completa de lo que tu web debe mostrar.
Paso 3: Acredita a tu personal de atención
Quien atiende directamente a los clientes debe tener al menos un año de experiencia en turismo y una capacitación en atención al cliente que lo acredite, o un título o diploma en turismo de una institución reconocida. Reúne esos certificados antes de presentar tu solicitud.
Paso 4: Presenta la declaración jurada ante la GERCETUR
La inscripción se hace con una declaración jurada en el formato oficial, junto con la declaración de cumplimiento de las condiciones mínimas para agencias que operan por canales digitales. El artículo 9 indica que debes presentarla dentro de los 30 días de iniciar operaciones; según el artículo 10, el trámite es gratuito y la autoridad emite la constancia en un plazo máximo de 5 días hábiles. Como es una declaración jurada, la autoridad puede fiscalizar después que todo lo declarado sea cierto.
Para no empezar desde cero, te regalamos el modelo de solicitud de inscripción y el Anexo II listos para completar, con los pasos del trámite y la lista de verificación de tu web:
Paso 5: Publica tu constancia y el distintivo oficial
Con la constancia en mano, agrégala a tu web junto con el distintivo oficial de agencia de viajes y turismo aprobado por el MINCETUR, que el artículo 15 exige mostrar en tu publicidad y en tus plataformas digitales.
Lista de verificación: lo que tu página web debe mostrar
Antes de presentar el trámite, revisa tu web con esta lista. Cada punto sale de la norma, y en tu web debe encontrarse sin buscar demasiado (lo ideal es tenerlos en el pie de página):
- Razón social y nombre comercial de tu agencia.
- Número de RUC.
- Datos de contacto: teléfono, correo y dirección.
- Política de protección de datos personales, porque pides nombres, pasaportes y teléfonos (Ley 29733).
- Términos y condiciones claros: qué incluye cada servicio, formas de pago, cambios, cancelaciones y reembolsos.
- Constancia de inscripción en el Directorio Nacional y el distintivo oficial.
- Información contra la ESNNA: las disposiciones legales que sancionan la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo.
- Libro de Reclamaciones virtual con enlace visible.
- Seguridad: certificado SSL (candado y https) y, si cobras en línea, el pago en la página segura de la pasarela.
Sobre el Libro de Reclamaciones: desde la Ley N.º 32495 es obligatorio en toda plataforma digital donde se cierren ventas, y los reclamos se responden en un máximo de 15 días hábiles. Te explicamos los detalles en ¿es obligatorio el Libro de Reclamaciones virtual? INDECOPI tiene una herramienta gratuita para generarlo.
Errores que más retrasan el trámite
- RUC sin la actividad de turismo. Si tu ficha RUC dice otra cosa, corrígela en SUNAT antes de presentar nada.
- Web sin datos legales. Una web bonita que no muestra RUC, razón social ni políticas no cumple el artículo 22.
- Formularios sin política de privacidad. Si tu formulario de reserva pide pasaporte o teléfono, necesitas informar para qué usarás esos datos.
- Llamarte «agencia de viajes» antes de inscribirte. La denominación está reservada a quienes ya están en el directorio.
- Vender solo por redes sociales y WhatsApp. Las redes también son canales digitales, pero sin una web propia es difícil mostrar toda la información que pide la norma en un solo lugar.
- Personal sin certificados. La experiencia sin documento que la respalde no sirve para acreditar al personal de atención.
Después de la inscripción: tus obligaciones
- Usar la denominación «Agencia de Viajes y Turismo» y el distintivo en tu publicidad y plataformas.
- Mantener tus datos actualizados en el directorio si cambias de dirección, razón social o clasificación.
- Atender los reclamos del Libro de Reclamaciones dentro del plazo.
- Emitir comprobantes de pago electrónicos por cada venta.
¿Quieres que te acompañemos?
En Cusco Creativos asesoramos a emprendedores que quieren abrir su agencia virtual: revisamos tu RUC, te damos la lista de verificación completa, te guiamos con los anexos y dejamos tu web con todo lo que exige la norma. Tenemos dos planes de asesoría para la licencia virtual (S/300 y S/600) y, si todavía no tienes web, mira nuestro diseño web para agencias de viajes: el Plan Intermedio para una web informativa o el Plan Avanzado si quieres cobrar tus tours en línea.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta la licencia virtual?
El trámite de inscripción es gratuito según el artículo 10 del reglamento. Lo que sí tiene costo es lo que necesitas para cumplir: tu RUC (gratuito como persona natural; la constitución de una empresa tiene gastos notariales y registrales), tu página web y, si la contratas, una asesoría.
¿Cuánto demora?
Con todo listo, la autoridad tiene un plazo máximo de 5 días hábiles para emitir tu constancia. Lo que suele tomar más tiempo es preparar la web y reunir los documentos del personal.
¿Necesito un local físico?
No, si ofreces y vendes tus servicios exclusivamente por canales digitales. Para eso existen las condiciones del artículo 22: tu web reemplaza al local como punto de atención al cliente.
¿Puedo inscribirme como persona natural?
Sí. Con un RUC de persona natural con negocio puedes inscribir tu agencia. Si más adelante creces, puedes constituir una empresa y actualizar tu inscripción.
¿Qué es la información ESNNA que debe tener mi web?
ESNNA significa explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Las agencias deben difundir las disposiciones legales que sancionan estas conductas en el ámbito del turismo; en la web suele hacerse con un aviso o afiche visible.
¿Dónde presento el trámite si mi agencia está en Cusco?
Ante la GERCETUR Cusco. En otras regiones corresponde a la DIRCETUR de cada región y, en Lima Metropolitana, a la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Esta guía resume la normativa vigente a la fecha de publicación y no reemplaza la revisión del texto oficial. Fuentes: D.S. N.º 005-2020-MINCETUR (El Peruano), Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados (MINCETUR) e INDECOPI.